2. Los Estados miembros adoptarán las medidas administrativas y judiciales adecuadas para impedir o poner fin a la utilización ilegal de los nombres de los productos o servicios producidos o comercializados en su distrito que estén amparados por indicaciones geográficas registradas al amparo del presente Reglamento. La innovación tecnológica todavía https://kingbookmark.com/story15489212/venta-de-bebidas-alcoholicas-la-plata-no-hay-m%C3%A1s-de-un-misterio