Es lo que se conoce como litigar en causa propia, posibilidad que está contenida en el artículo 33 del Código Procesal del Trabajo: Con fundamento en los hechos expuestos, muy comedidamente solicito al señor enjuiciador, que previo el examen de mi personería para actuar como agente de la parte demandante. https://bookmark-master.com/story19939247/fascinaci%C3%B3n-acerca-de-demanda-laboral-nuevo-sistema